OPE SAS

OPE SAS. Corrección de errores de las Resolución de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud por la que se indica la relación de plazas que se ofertan en los concursos-oposición de varias categorías

Detectado error en las plazas ofertadas a las personas aspirantes que han superado los  concursos-oposición que se citan, se ha remitido al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) Resolución de la Dirección General de Personal de corrección de errores:

  • FEA Anatomía Patológica, acceso libre. El formulario de solicitud de destinos de VEC es correcto
  • FEA Medicina Preventiva y Salud Pública, acceso libre. El formulario de solicitud de destinos de VEC es correcto
  • FEA Urología, acceso libre. El formulario de solicitud de destinos de VEC es correcto
  • Médico/a de Familia de Atención Primaria, acceso libre. El formulario de solicitud de destinos de VEC ya incluye los dos nuevo destinos incluidos (3334-ZBS IZNAJAR y 7359-ZBS BENAOJAN). Las personas que ya han presentado su solicitud solo si desean incorporar en su solicitud esos destinos deben presentar una nueva solicitud que anule la anterior antes de la finalización del plazo.
  • Enfermero/a especialista en Enfermería del Trabajo, acceso libre. El formulario de solicitud de destinos de VEC se ha corregido, sustituyendo el Centro 1208-DISPOSIT. APOYO ALMERÍA por el 1920-HOSPITAL TORRECARDENAS. Aquellas personas que ya hayan presentado su solicitud, se entenderá, salvo que presenten otra solicitud que anula la anterior, que en su orden de preferencia simplemente se sustituye un Centro por otro.
  • Administrativo/a, acceso libre. El formulario de solicitud de destinos de VEC es correcto
  • Administrativo/a, promoción interna. El formulario de solicitud de destinos de VEC es correcto
  • Cuerpo Superior Facultativo IISS, especialidad Farmacia. El formulario de solicitud de destinos de VEC es correcto

Las solicitudes de petición de centro de destino actualmente registradas se conservarán, considerándose como presentadas en tiempo y forma, sin perjuicio del derecho de las personas aspirantes a presentar nueva solicitud de Petición de centro de destino que anulará la anterior.

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