El próximo 25 de mayo de 2018 comienza a ser aplicable, con todas sus consecuencias, el Reglamento Europeo de Protección de Datos de 2016. La aplicación de esta norma en cada uno de los Estados miembros requiere de un desarrollo normativo interno que, en el caso de nuestro país, está despertando no pocas dudas.
El pasado 10 de noviembre, el Gobierno aprobó el proyecto de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que fue remitido al Congreso de los Diputados. La finalidad de esta norma es tanto «la depuración del ordenamiento nacional» de la normativa interna que se oponga al reglamento como su desarrollo o complemento para hacer plenamente efectiva su aplicación. Tras esto, la fase de presentación de enmiendas en la Comisión de Justicia del Congreso. Por ello, las probabilidades de que sea aprobado a tiempo de entrar en vigor el 25 de mayo parecen complicarse.
En lo que sí ha avanzado nuestro ordenamiento es en la aprobación de un procedimiento de certificación de Delegado de Protección de Datos. La finalidad de esta certificación, que al igual que el propio cargo no es de obligada implantación salvo en determinados casos, es la de ofrecer a las empresas garantía de que el profesional certificado está debidamente cualificado para el ejercicio del cargo.
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