Abono de la segunda parte de la parte de la extra de 2012, es decir, del 26,23% (48 días)
Resolución de 21 de julio de 2016, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones para la aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 21 de junio de 2016, sobre recuperación de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012.
El abono de las cantidades debe ser previamente solicitada en los supuestos de personal que hubiera cambiado de destino con cambio de su sistema de nóminas respecto al segundo semestre de 2012, así como del personal que no se encontrasen en activo a 1 de septiembre de 2016.
En caso de personal que hubiera fallecido, la petición dirigida al órgano de gestión de personal, deberá formularse por sus herederos conforme a Derecho civil.
En el anexo de esta Resolución, se acompaña el modelo de solicitud de abono de las referidas cantidades que las personas interesadas podrán emplear.
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